A
raíz de la Orden de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, de 11 de
marzo de 2020, por la que se adoptan medidas de intervención administrativa de
protección de la salud, relativas a la suspensión o aplazamiento de actividades
colectivas en el territorio de la comunidad autónoma, tengamos en cuenta
especialmente la resolución segunda que dice:
“Se suspenden o se aplazan en la Comunidad
Autónoma de Canarias las actividades colectivas en espacios cerrados o abiertos
que impliquen, o se estimen que puedan implicar, una concentración superior a
1.000 personas.
En los casos en que estas actividades se
desarrollen en espacios con aforo inferior a las 1.000 personas, se podrán
celebrar únicamente si sólo se ocupa un tercio del aforo máximo autorizado, con
el objetivo de garantizar un espacio de separación adecuado entre los
participantes.
Estas medidas de restricción se aplican
a espectáculos públicos, recreativos y de ocio, actividades culturales,
religiosas, deportivas o similares, con independencia de que sean ofrecidas por
un titular, explotador u organizador público o privado”.
Por
tanto:
1.-
Hemos de suspender toda actividad que suponga una concentración superior a 1000
personas.
2.-
Tratemos de hacer operativo lo señalado para las actividades con menor
participación. Siguiendo las orientaciones que nos han realizado desde la Salud
Pública del Gobierno de Canarias, hagamos todo lo posible, con responsabilidad
y serenidad, para que en nuestros templos y otros ámbitos pastorales se respete
un cierto espacio entre los participantes.
3.-
Tengamos en cuenta que las personas mayores o con alguna patología previa han
de ser especialmente protegidas.
Y
4.- Por último, se nos pide que se aumenten las medidas higiénicas y de
limpieza en bancos y otros bienes muebles con los que estén en contacto los
fieles y participantes en los actos que organicemos.
Las
medidas de intervención dispuestas en la Orden tendrán una duración de 15 días
naturales, sin perjuicio de las prórrogas y de las medidas adicionales que
puedan ser acordadas por posterior Orden motivada en las mismas condiciones de
situación de emergencia sanitaria.
Reiteramos
nuestro llamamiento a la responsabilidad y serenidad en el cumplimiento de las
medidas que vayan tomando las autoridades sanitarias para tratar de prevenir la
difusión de este coronavirus.
La Laguna a 12 de marzo de 2020.
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